El control político del Poder Judicial representa la expresión más significativa del incumplimiento de los principios constitucionales, en específico el de igualdad en un juicio donde se enfrenta un ciudadano común contra un miembro del poder político. El perfecto ejemplo es el caso de El Nacional.
En el caso en concreto, otro principio al cual el Poder Judicial decidió hacer caso omiso es el de ser juzgado por un juez natural, lo cual representa uno de los tantos vicios constitucionales del proceso propuesto por Diosdado Cabello contra El Nacional. Vale la pena ahondar sobre el mencionado principio debido a que materializa una de las violaciones más evidentes.
La Constitución en su artículo 49, ordinal 4 establece: «toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias y especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley». la Sala Constitucional agregó una serie de requisitos concurrentes que debe seguir el juez. Por otra parte, los jueces calificados como provisorios que sean nombrados por su vinculación con el gobierno y que no hayan sido ingresado por concursos de oposición afecta notablemente el derecho a ser juzgado por el juez natural.
Es decir, hay un hecho que representa una grave infracción a la garantía del juez natural. Se trata del avocamiento de la Sala de Casación Civil, tal figura fue utilizada para que la Sala mencionada asumiera el papel que le correspondía al juez de instancia con el objetivo de pronunciarse sobre los daños morales demandados, en consecuencia, se elevó la condena inicial sin tomar en cuenta que la misma era firme con carácter de cosa juzgada. Las violaciones siguieron cuando la Sala ordenó la indexación de los daños morales aún cuando en sentencias pasadas se aplicó la doctrina según la cual el daño moral no es indexable, por no ser de naturaleza patrimonial.
Se evidencia de manera notoria la gran cantidad de violaciones en el caso El Nacional, pero la Sala Constitucional decidió hacer caso omiso a las irregularidades suscitadas en el juicio, dejando claro el mensaje a transmitir al mundo: «en Venezuela no se respeta el principio de la cosa juzgada y la seguridad jurídica es inexistente».
Por Ramón Escovar León.